Inscribir y dar publicidad a los
documentos donde se constituyan, se modifiquen, se declaren o se extingan
derechos reales sobre bienes muebles inscribibles, especialmente los
referidos a vehículos automotores, buques, aeronaves, maquinaria y
otros afines, así como anotar al margen de su inscripción los
documentos expedidos por autoridades competentes, tales como demandas,
embargos, infracciones y demás providencias cautelares relativas a
esos bienes, e inscribir y dar publicidad a los gravámenes prendarios
que los afecten
Servicios
- Anotar, al margen de la
inscripción de los bienes muebles, las demandas, embargos,
infracciones y colisiones.
- Inscribir y dar publicidad a los
gravámenes prendarios que afecten bienes muebles.
- Asignar y brindar las
matrículas de aquellos bienes que, por su naturaleza, lo
requieran,
así como los permisos de salida del país de estos.